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LA MUJER MUSULMANA EN AL-ÁNDALUS

El Cristianismo y el Islam tienen en común varios aspectos como el monoteísmo, pero otro aspecto, y es que ambas nacen de la reflexión de un solo individuo (Jesús y Mahoma) y, cuando este muere sus seguidores carecen de pautas religiosas, por esta razón se complementa el dogma con elaboraciones.

Dentro de estas elaboraciones podemos destacar dos niveles: un primer nivel se correspondería con las definiciones ideológicas que se establecen en una norma religiosa con una serie de reflexiones teológicas; y un segundo nivel de elaboración que contiene complicados elementos casuísticos para resolver cuestiones de la práctica religiosa.

El estatuto de las mujeres en el Islam se refleja en los dos niveles de elaboración que hemos señalado anteriormente. Hay un discurso religioso sobre el sexo femenino que surge no solamente de la brevedad del mensaje profético sobre ella, sino también de su contradicción. La esencia del discurso religioso sobre la mujer musulmana es la visión particular masculina de los ámbitos público y privado. El esquema social de los beduinos relegaba a la mujer al ámbito privado, es decir, a la familia, subordinada a los parientes masculinos. La islamización trastoca la esencia rural de esa sociedad, siendo la urbanización el primer nivel de aculturación, provocando fuertes tensiones sociales. Es en ese contexto en el que aparece el velo femenino como respuesta a esas inquietudes sociales.

El velamiento de las mujeres es resultado de la sedentarización, mediante la cual la mujer se transforma en algo sagrado dentro del espacio sagrado que es la casa (haram) y centrando ese espacio.

La mujer se convierte de esta forma en un ser anónimo desde el punto de vista social, un ser cuyo enclaustramiento y ocultación le dotan de una dimensión sagrada, es decir, la mujer es un objeto sagrado y su santuario es el hogar, la casa es el velo de la intimidad masculina. Hay que entender el velamiento de la mujer como un enclaustramiento en el ámbito privado, es decir, la mujer deja de formar parte de la vida pública portando una casa metafórica representada en el velo cuando sale a la calle.

Las mujeres juegan, por tanto, un papel pasivo, ya que son destinatarias de las normas religiosas y el hombre es quien debe asegurarse del correcto cumplimiento de dichas normas. La divinidad nunca se dirigirá de una forma directa a la mujer, sino que lo hará a través de un intermediario masculino, bien sea su marido, su hijo, su padre, su hermano, etc.

Como hemos señalado anteriormente hay puntos de contradicción y es que, a pesar de que la mujer quede subordinada al marido y que en el plano de las normativas se omita a la mujer –excepto para temas que se consideran específicamente femeninos como el matrimonio-, el Corán define a mujeres y hombres como creyentes iguales.

No obstante, los juristas musulmanes elaboran una religión en la que la mujer es inferior al hombre y jerárquicamente queda excluida de cualquier poder de decisión. ¿Por qué? La respuesta la podemos encontrar en el relato de Adán y Eva (Adam y Hawᾱ’), ya que Eva es maldecida y, con ella, todas las generaciones de mujeres considerando a Eva no como una víctima del pecado que conlleva la expulsión del Paraíso, sino como culpable y, por tanto, impura.

Se implanta de esta manera un estereotipo de lo femenino donde la sexualidad juega un papel dominante, marcando su dimensión religiosa. Así la mujer será considerada un objeto sexual, por lo que verá afectados sus privilegios como creyente ya que el Islam rechaza el deseo sexual, el cual se considera que nace de la naturaleza femenina. Ese deseo sexual vincula a la mujer con el papel negativo que se le da en la elaboración del dogma: el hombre no puede resistirse y se ve abocado a lo irracional y lo ilícito.

Las religiones con las que está en contacto el Islam desde su formación son el Judaísmo y el Cristianismo, que también otorgan un papel peyorativo a la mujer, también considerada responsable del pecado de la Humanidad, lo que lleva a pensar en una relación directa entre la tradición judeocristiana y la elaboración islámica de un discurso negativo sobre la mujer.

Las mujeres y los hombres se presentan, en teoría, en el Corán como iguales, pues en la Salvación cada persona es juzgada de una manera individual, es decir, la mujer no depende de su marido en ese momento. Sin embargo, esta imagen no concuerda con el discurso ideológico y tampoco se mantiene de una forma coherente a lo largo del Corán, pues en el libro se entrevé una cierta estratificación ya que las mujeres no son nombradas como tal, sino que se las denomina “esposas de los creyentes”. Aun así, la mujer es considerada como creyente, por lo que está obligada a cumplir con los cinco pilares del Islam: la profesión de fe (S̆a̋hāda), la oración (salāt), ayuno (sawm), limosna (zakāt) y la peregrinación (haŷ ŷ).

Respecto a la S̆a̋hāda, hay una aleya del Corán acerca de la conversión femenina que parece atribuir a las mujeres más condiciones a los hombres. Así pues, la mujer debe realizar un juramento en el que podemos distinguir dos niveles: uno mural y otro puramente religioso.

En cuanto a la salāt, los preceptos eran en general los mismos que los de los hombres, pero debían de guardar más pudor, lo que implicaba varias condiciones en la ablución, por ejemplo, la prohibición de destrenzarse el cabello, aunque estuviesen separadas de los hombres. Además, si la mujer acababa de menstruar debía de lavarse en la purificación de una manera específica.

En relación a la menstruación, si una hemorragia ocurría durante la oración, el imām o la propia mujer debían de purificar la sangre y la oración debía de repetirse. Aquellas mujeres que estuviesen afectadas por la menstruación, fuesen viudas o fuesen vírgenes, estaban eximidas de ir a la mezquita.

En cuanto al sawm destacamos que el Ramadán afecta a ambos sexos por igual, a excepción de las mujeres embarazadas de varios meses y las lactantes en el caso en el que ayuno afecte a su salud y a la de su hijo. El Ramadán conlleva también abstinencia sexual, por lo que la cohabitación con la esposa invalidaba el ayuno, por lo que había que ayunar más días en contraprestación. Respecto al zakāt, incumbe también tanto a hombres como mujeres, por lo que ambos sexos deben de dar limosna.

Por último, respecto a la peregrinación a La Meca destacamos que el marido en ningún caso puede prohibir peregrinar a su mujer y si lo hace, el cadí podía decretar el divorcio.

Antonio Díaz Serrano

BIBLIOGRAFÍA:

- LÓPEZ DE LA PLAZA, G. (1992): Al-Ándalus: mujeres, sociedad y religión, Editorial Atenea.

VVAA, (1989): La mujer en Al-Ándalus: reflejos históricos de su actividad y categoría sociales. Edita la Universidad Autónoma de Madrid y Editoriales Andaluzas Unidas, Sevilla.

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